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Soy Fabio Ferrer, abogado penalista con amplia experiencia en la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires. Me especializo en Derecho Penal y en Derecho Procesal Penal. Ofrezco asesoramiento y representación legal en casos de delitos, contravenciones, excarcelaciones, juicios orales y todo tipo de procesos penales.
Me gradué en la Universidad del Museo Social Argentino y complementé mi formación con posgrados en Derecho Procesal Penal y Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Además, mi experiencia como Locutor Nacional (ISER) me permite comunicar con eficacia y persuasión, habilidades que son importantes para defender tus derechos ante la justicia.
En mi labor como abogado, priorizo la escucha activa y la comprensión de tus necesidades. Te voy a acompañar en cada paso del proceso, brindándote un trato personalizado y cercano. Para mí, cada cliente es único y merece toda mi atención y dedicación. Actualmente, ejerzo en la justicia ordinaria, en la justicia federal y en la Ciudad de Buenos Aires. Estuve 9 años en Infobae donde escribía sobre temas de actualidad judicial.
Si buscás un abogado penalista comprometido, con experiencia y una sólida formación académica, no dudes en contactarme. Estoy para ayudarte a encontrar la mejor solución a tu situación legal.
Estafas y defraudaciones complejas | Fraudes corporativos | Administración fraudulenta | Ciberdelitos con impacto económico | Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Defensas por sumarios en el BCRA | Infracciones al Régimen Penal Cambiario | Defensa en la justicia federal
Narcotráfico y criminalidad organizada | Delitos contra la seguridad de la Nación | Cohecho
Defensas y excarcelaciones | Hábeas Corpus | Recursos de Casación y extraordinarios ante la Corte Suprema
Fraudes informáticos y estafas online | Ciberacoso | Grooming | Difusión no consentida de imágenes
Querellas | Asesoramiento a víctimas de delitos económicos | Asistencia a víctimas de delitos contra el honor y la integridad sexual
Un especial con entrevistas que les hice a los expertos que disertaron en el ciclo de conferencias organizado por el Centro de Estudios sobre Seguridad Hemisférica, Terrorismo y Criminalidad Financiera (CESH) de la Universidad de Buenos Aires junto con la Fundación de Investigaciones en Inteligencia Financiera (FININT) y que contó con el auspicio de Infobae
septiembre 01, 2025
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agosto 28, 2025
En el complejo escenario del derecho penal, la determinación de la responsabilidad no siempre sigue una línea recta. Un hecho trágico, como las muertes por fentanilo contaminado, abre un profundo debate jurídico. ¿Quién es el verdadero responsable del resultado letal?
Este análisis aborda el núcleo de la imputación objetiva a través de la figura de la "concausa": una situación donde múltiples factores, a veces independientes entre sí, convergen para producir un único resultado. Exploramos cómo los tribunales deben desentrañar el nexo causal cuando la acción inicial de una persona se ve superada o modificada por la intervención de un tercero o por la propia condición de la víctima.
Te invito a profundizar en este análisis, que desentraña una de las discusiones más intrincadas y actuales del derecho penal moderno.
Para leer el artículo completo, publicado originalmente en mi perfil de LinkedIn, hacé clic en el siguiente enlace:
Leer más en LinkedIn: "Fentanilo contaminado y la concausa: Cuando múltiples factores llevan a la muerte"
agosto 19, 2025
La reciente condena de 19 años de prisión en el caso de Julieta Prandi contra su ex marido no es solo un titular de alto impacto mediático; es un fallo judicial que representa un punto de inflexión en cómo la justicia argentina aborda la violencia de género. Esta sentencia, una de las más severas de los últimos años por abuso sexual con acceso carnal, se fundamenta en la aplicación de agravantes clave, como el "grave daño en la salud mental", y envía un mensaje contundente a la sociedad.
Este veredicto no debe analizarse de forma aislada. Para comprender su verdadera magnitud, es crucial ponerlo en perspectiva con otros precedentes judiciales de gran relevancia como los casos Alperovich y Lucio Dupuy. Al hacerlo, se revela una tendencia judicial clara: una aplicación más rigurosa de nuestro Código Penal y de los tratados internacionales que obligan a Argentina a juzgar con perspectiva de género. Este enfoque integral es el que permite que el devastador daño psicológico, a menudo invisible, sea reconocido y castigado con la severidad que merece.
Escribí un artículo sobre las claves de este fallo, su contexto legal y las lecciones prácticas que podemos extraer. Te invito a leerlo en mi perfil de LinkedIn en el siguiente enlace: Más allá de la sentencia: lo que la condena en el caso Prandi nos enseña sobre justicia y violencia sexual
agosto 01, 2025
En el complejo mundo del derecho penal, existen herramientas legales que marcan un antes y un después. Una de las más poderosas y revolucionarias es, sin duda, la Ley RICO de Estados Unidos. Concebida originalmente para desmantelar a la mafia, su alcance se ha expandido hasta convertirse en un instrumento formidable contra una amplia gama de actividades delictivas empresariales y organizadas.
¿Pero qué es exactamente la Ley RICO y por qué debería importarle a cualquier empresario o ciudadano? Lejos de ser una normativa que solo afecta a grandes capos del crimen, sus disposiciones sobre la "actividad delictiva organizada" (racketeering) tienen implicaciones profundas y, a menudo, poco comprendidas en el ámbito del derecho penal económico y corporativo.
Comprender su funcionamiento, sus elementos y las graves consecuencias de una acusación bajo esta ley es fundamental, no solo para la defensa penal, sino para la prevención de riesgos en cualquier organización.
Para profundizar en cómo esta legislación cambió las reglas del juego y cuál es su verdadero impacto en la actualidad, te invito a leer el análisis completo que he publicado en mi perfil de LinkedIn.
junio 04, 2025
Entendé el proceso constitucional paso a paso de forma interactiva.
El Congreso (Diputados y Senadores) debate y aprueba un proyecto de ley.
El proyecto sancionado llega al Presidente. Tiene 10 días hábiles para decidir.
El Presidente está de acuerdo. Promulga la ley (expresa o tácitamente).
¡TENEMOS LEY! Se publica en el Boletín Oficial.
El Presidente NO está de acuerdo. Fundamenta y VETA el proyecto.
VETO TOTAL: Rechaza TODA la ley.
VETO PARCIAL: Rechaza SÓLO UNA PARTE. (La parte no vetada puede promulgarse si tiene autonomía y no altera el espíritu del proyecto).
El proyecto vetado (con las objeciones del Presidente) regresa a la CÁMARA DE ORIGEN (donde se inició).
La Cámara de Origen analiza el veto. Opciones:
PROYECTO DESECHADO. No puede tratarse ese año.
Si la C. de Origen insistió (con 2/3), el proyecto (con el veto) pasa a la CÁMARA REVISORA.
La Cámara Revisora analiza el veto y la insistencia de la C. de Origen. Opciones:
PROYECTO DESECHADO. El veto presidencial queda firme.
Si AMBAS Cámaras logran la mayoría de 2/3 para insistir...
¡TENEMOS LEY! El proyecto vetado se convierte en ley. El Presidente DEBE PROMULGARLA Y PUBLICARLA.
mayo 30, 2025
mayo 30, 2025
Un resumen visual del proceso de enjuiciamiento y remoción de magistrados y funcionarios del Poder Judicial en la Provincia.
El proceso comienza cuando se presenta una denuncia contra un magistrado o funcionario.
No toda denuncia inicia un juicio. Primero pasa por un filtro formal.
Si la denuncia es admitida, se inicia una investigación formal para recolectar pruebas.
Finalizada la investigación, se decide si hay mérito para una acusación formal.
El núcleo del proceso, donde se debaten las pruebas y argumentos de forma pública.
Tras el juicio, el Jurado de Enjuiciamiento delibera para tomar una decisión final.
Órganos Clave: Jurado de Enjuiciamiento | Secretaría Permanente | Comisión Bicameral
Esta infografía es un resumen informativo basado en la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la PBA. Para detalles completos, consulte la legislación vigente. Las resoluciones del Jurado son irrecurribles.
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